este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, estima los cálculos realizados en la cantidad de Bolívares TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CUARENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs. 352.164,46); los cuales se corresponden a: Bs. 93.818,23, como monto condenado en la sentencia definitivamente firme; Bs. 16.013,69 por concepto de intereses sobre prestaciones sociales; Bs.52.321,91 por concepto de intereses moratorios por la falta de pago de la prestación de antigüedad; 92.225,17, por la indexación causada por la falta de pago de la prestación de antigüedad, y Bs. 97.785,46 por la indexación causada por la falta de pago del resto de los conceptos. Todo ello en fiel y estricto acatamiento a la sentencia definitivamente firme en la presenta causa; cantidad esta a l.....