En virtud de lo anteriormente expuesto y tomando en cuenta la opinión del Ministerio Publico en consecuencia esta Juzgadora Abg. America Fermín, Juez del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Jurisdicción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, acuerda PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud presentada por los ciudadanos, Abogados RAMON SARMIENTO ROJAS y LOURDES GUZMAN de SARMIENTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.496.905 y V-8.274.820, respectivamente, domiciliados en Lechería, Estado Anzoátegui, ambos abogados, inscritos en los Inpreabogados bajo los Nros. 54.220 y 77.495, respectivamente, quienes se asisten en este acto. SEGUNDO: Se autoriza suficientemente a los ciudadanos, Abogados RAMON SARMIENTO ROJAS y LOURDES GUZMAN de SARMIENTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.496.905 y V-8......