Decisiones del dia 17/11/2008
N° Expediente :
BP12-T-2008-000018
N° Sentencia :
Fecha: 17/11/2008
Procedimiento: Daños Y Perjuicios Derivados De Accid. De Tránsito
Partes: EMPRESA CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS MARIN GALINDO, C.A. (CONSERMAGA, C.A.) Y LA CIUDADANA INES RAMONA REINA DE GIL / EMPRESA TALLER INDUSTRIAL EL TIGRE, C.A.
Resumen:
En consecuencia, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR RAZON DEL TERRITORIO, para conocer del presente asunto, por lo que se acuerda remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), con sede en Barcelona, a los fines de la distribución correspondiente.
Juez/Ponente:
Elaine Gamardo
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
BP12-V-2008-000732
N° Sentencia :
Fecha: 17/11/2008
Procedimiento: Interdicto Restitutorio
Partes: HENRY ALBERTO COVA BRITO, ZANDRA DE LIZARDO, EGLEE BORGES, JOSE RAFAEL BASTARDO VELASQUEZ, EVELIN JOSEFINA FARIAS BLANCO Y MARIA ELENA GUACARE / JESUS JUVENAL BRITO ROSAS, EDEN FOSTER LYONS MIRABAL, ISARIT SIFONTES RIVAS, MARIANGEL YSABEL LEON RODRIGUEZ, IRIA DEL ROSARIO RANGEL DE PAREDES, NAYELI JOSEFINA LOPEZ LOPEZ, MARIA ANGELA TRUJILO BRICES, YOLANDA JOSEFINA VALERA PALMA, SOLYMAR DE LOS ANGELES VELASQUEZ HENRIQUEZ, GLADYS COROMOTO RODRIGUEZ, YOSELI MARIA FRANCO, YADEXIS
Resumen:
es la razón por la cual considera esta juzgadora que no se encuentra suficientemente demostrado en autos los presupuestos legales contenidos en la norma del artículo 783 del Código Civil, por lo que se declara INADMISIBLE la presente acción de QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA y así se decide.-
Juez/Ponente:
Elaine Gamardo
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
BP12-V-2008-000910
N° Sentencia :
Fecha: 17/11/2008
Procedimiento: Interdicto Restitutorio
Partes: CIUDADANA MARGOT DEL CARMEN DELGADO BONIVE / CIUDADANA EGLEE KATIUSKA ESCALONA
Resumen:
Ahora bien, observa el tribunal que si bien la parte querellante manifiesta que la ciudadana EGLEE KATIUSKA ESCALONA, le invadió el terreno de su propiedad, sin embargo de autos, no se evidencia que el despojo alegado, hubiere ocurrido dentro del año siguiente al despojo, es decir las actuaciones que acompaña a su escrito libelar se refiere aun procedimiento anterior que cursara por ante este mismo tribunal bajo el alfanumérico BP12-V-2007-000418, en consecuencia no estando cumplidas las condiciones de admisibilidad de la presente querella interdictal restitutoria, es la razón por la cual considera esta juzgadora que no se encuentra suficientemente demostrado en autos los presupuestos legales contenidos en la norma del artículo 783 del Código Civil, por lo que se declara INADMISIBLE la presente acción de QUERELLA INTERDICTAL RESTITUTORIA y así se decide.-
Juez/Ponente:
Elaine Gamardo
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito