declara CON LUGAR, la SOLICITUD DE DIVORCIO, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A del Código Civil, y con fundamento en el Mutuo Consentimiento, de conformidad con lo establecido en la Sentencia Vinculante N° 693, de fecha 2 de junio de 2015, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con Ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, formulada por los Ciudadanos: ADRIAN JOSE RODRIGUEZ y MAHRUMA YURUANY CARABALLO MEDINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad V-10.942.395 y V-11.554.464, respectivamente, ambos domiciliados en esta ciudad de San José de Guanipa, Municipio Guanipa, Estado Anzoátegui, debidamente asistidos por la Abogada ELENA NAAR, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 198.889, respectivamente, declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído en fecha 27 de Septiembre de 1991, por ante el Concejo Municipal Autónomo del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui. Ago.....