El Tribunal Admíte. De conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal "C", en consecuencia, cítese a la ciudadana ALIDA JOSEFINA RENZULLI DE ALCALA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V 8.274.945, domiciliada en Calle 05, Casa N° 05, Sector III. Boyacá Barcelona, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a objeto de dar contestación a la presente solicitud. Notifíquese al ciudadano JOSE GREGORIO ALCALA GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.423.877, domiciliado en: Calle 4, Avenida 01, Casa N° 60, Urbanización Yulesca, Tronconal Sexto, Barcelona, Estado Anzoátegui, a fin de que esté presente en el acto conciliatorio que intentara la ciudadana Juez entre las partes. Se le advierte a ambas partes que en la .....