Este Juzgado Segundo en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, y por ende, la extinción de la Acción Penal por prescripción, seguida al ciudadano ASDRUBAL LAOZ, (sin más datos de identificación), por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 418, único aparte del CODIGO PENAL, vigente para el momento de la perpetración del hecho, cometido en perjuicio del ciudadano WILMER ALFREDO ROMERO FREITES, titular de la cédula de identidad N° V-13.914.058, venezolano, mayor de edad, casado, Obrero, natural de Barcelona, residenciado en la Calle San Carlos, Casa N° 22-76, Barrio Palotal, Barcelona, Estado Anzoátegui, de conformidad con los artículos 318, ordinal 3° y 48, ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 108, ordinal 6° .....