Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana YUBIRE MARIA GONZALEZ, en el sentido de que se corrija dicha acta en el siguiente término: En donde dice:"............ PAULA GONZALEZ, soltera de veintiún años de edad,...............".-Debe decir: "........PRISCILA MARGARITA, soltera, de veinticinco años de edad...................", cuya Acta de Nacimiento aparece asentada bajo el Nº 1.257, Folio 64, del Libro Principal N° 4, llevados por ante el Registro Civil del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, durante el año 1955, así se decide.-.