Désele entrada. Admítase. De conformidad con el Articulo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero literal "C", en consecuencia, cítese a la ciudadana YULIMAR DEL VALLE GALINDO BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-12.914.498, domiciliada en: Calle San Ignacio, #17, San Diego, Estado Anzoátegui, para que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N° 02, al tercer (3er) día de Despacho siguiente a su citación, a objeto de dar contestación a la presente solicitud. Notifíquese al ciudadano DIEGO RAFAEL PARAGUAN AGUILERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-13.565.636, domiciliado en: Calle San Ignacio, #09, San Diego, Estado Anzoátegui, a fin de que este presente en el acto conciliatorio que intentará la ciudadana Juez entre las partes. Se le advierte a ambas partes que en la misma oportunidad, se verificara el Acto Conciliatorio a las.....