D I S P O S I T I V A
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIMERO: MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del imputado LUIS ENRIQUE ARAMBULO VARGAS , quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.225.446, natural de Barcelona, Edo. Anzoátegui, donde nació en fecha 07/11/1982, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Buhonero, hijo de German Arambulo (V), residenciado en Hueco dulce, frente a la Polar, Casa sin Numero, Barcelona, Estado Anzoátegui y JAVIER FRANCISCO ACUÑA PEREZ , quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.617.007, natural de Barcelona, Estado Anzoategui, donde nació en fecha 01/06/1980, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Buhonero, hijo de Felicita del Carmen .....