este Tribunal, Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara INADMISIBLE la presente demanda por RESOLUCIN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO y DAÑOS Y PERJUICIOS, intentado por el ciudadano CARLOS LUIS CONTRERAS TORRES, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 8.872.407, en contra del ciudadano JESUS CARMEN RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.333.816 y así se decide.-