este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en uso de sus atribuciones legales y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA, de conformidad con los artículos 125, 126, literal "I", 128 y 466, parágrafo Primero literal E, ejusdem, DECRETA DE MANERA PROVISIONAL LA COLOCACION FAMILIAR, en Familia de Origen extendida de (XXX), hijo de la hoy difunta YONOASKUI YERALDIN CHALO CAPASSO, venezolana mayor de edad, cedula de identidad Nº V.- 19.141.632, la cual se va ejecutar en el hogar de su abuela materna, ciudadana SILVIA COROMOTO CAPASSO ALMEIDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 8.973.612, domiciliada en la Calle Santa teresa Norte casa s/n, San José de Guanipa, Estado Anzoátegui, hasta tanto este Tribunal decida lo conducente, a quien además se l.....