En consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley , emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Restituye el beneficio de REGIMEN ABIERTO al penado EUCLIDES ANTONIO AMARGURA, venezolano, natural del Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 23-02-1971, de 35 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.909.829, hijo de LUIS ALFONSO ACOSTA Y NETSI DEL VALLE AMARGURA, y residenciado en la Calle Las Flores, N° 3-A, Monte Cristo, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui. SEGUNDO: Revoca la orden de aprehensión dictada por este Tribunal en fecha 21 de Febrero de 2005, ordenándose oficiar lo conducente a la Dirección de Captura del Cuerpo Técnico de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de dejar sin efecto la orden de captura librada contra EUCLIDES ANTONIO AMARGURA. Librese boleta de excarcelación, a los.....