esta Jueza Primera de segunda Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, sede El Tigre en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 477 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO, incoada por el ciudadano PEDRO RAFAEL PARAVACUTO PADRINO venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº: V-12.014.773, domiciliado en El Tigre, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por el Abogado MARLUIS RIVERO inscrto en el inpreabogado N° 100.850, contra de la ciudadana: SILENE POLO DE PARAVACUTO, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº: V-24.227.238, quien es su cónyuge. Por cuanto en la causa se encuentran involucrados 02 hijos, de nombres: .... y en consecuencia TERMINADO éste mediante Decisión Oral reducida a un Acta, la cual debe ser publicada en e.....