En base a las anteriores observaciones, este Juzgado del Municipio Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRABNDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO DE INMUEBLE incoada por la ciudadana: por la Abg. Katrina Salek F, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano: SALIM SAID MANSOUR en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL EVO GRANITOS, C.A, representada por el ciudadano: RICARDO CARREÑO, ambas partes plenamente identificadas en autos. En consecuencia, se ordena al Demandado a hacer entrega a la parte Actora, completamente desocupado, libre de personas y de bienes, el inmueble constituido por un terreno que mide Veinte metros (20 mts) de frente por cuarenta metros (40 mts) de fondo, ubicado frente a la Avenida Inter-comunal que conduce, de la Ciudad de El Tigrito a la Ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, cuyos linderos y medidas son los siguientes: Nort.....