En consecuencia, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Perención de la Instancia, con ocasión de la demanda por COBRO DE BOLIVARES, por la vía Ejecutiva, propuesta por la ASOCIACION DE PROPIETARIOS DEL CONJUNTO RESIDENCIAL PUERTO MORRO – ASOMORRO-, inscrita como Asociación en la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Juan Antonio Sotillo, del estado Anzoátegui, bajo el Nro. 6, folios 30 al 35, Protocolo Primero, Tomo 13, cuarto trimestre, de 1985, a traves de su apoderado judicial Luis David Cuarez, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 262. 151, contra el ciudadano FADY SAMIR EL HALABIE, titular de la cedula de identidad Nro. 13. 522.100, con fundamento en el encabezamie.....