Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,.declara: CON LUGAR la acción de CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana DALIA JOSEFINA NAPOLEON RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.804.335, a favor de sus hijos, contra el ciudadano JONEY ANTONIO RAMOS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula Nº V-14.307.092. En consecuencia conforme a lo expuesto en la parte motiva de la presente decisión, este Tribunal de Juicio dispone: PRIMERO: Se le condena a pagar al ciudadano JONEY ANTONIO RAMOS GONZALEZ a favor de sus hijos, la suma de OCHO MIL SEISCIENTOS DIEZ BOLIVARES (Bs. 8.610,00), por concepto de obligación de manutención vencidas, líquidas y exigibles, mas los correspondie.....