En consecuencia, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y con fundamento en el artículo 185 del Código Civil y en concordancia con la Sentencia 1.070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre de 2016, DECLARA CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio, presentada por la ciudadana MIXALIS ELENA MOLINA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.418.230, y se ordena la disolución del vínculo matrimonial que le une con el ciudadano MERIANGEL RODRIGUEZ GUAYAPERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.317.409., contraído por ante el Registro Civil del municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui; y así se decide.