Se constituyen en el Despacho del Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, esta Juzgadora junto a las partes intervinientes en el presente asunto. Concluida la evacuación de las pruebas aportadas y la revisión de las documentales esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia, acuerda: PRIMERO. DECLARAR CON LUGAR la solicitud incoada por la Fiscal Décimo Quinta Abg. Mary Carmen Batista Morales a requerimiento de la ciudadana CELENIA COROMOTO GONZALEZ QUIARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.126.046, domiciliada en El Sector Jesucristo Es El Camino, Torre 13, Piso 03,Apto 2-A, Boyacá II, Barcelona, Estado Anzoátegui y SEGUN.....