Este Juzgado Quinto en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano CARLOS HUGO VALENZUELA CORDOVEZ, quien es de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-8.252.383, natural de Guanta, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 20/02/1955, de 54 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio chofer, hijo de los ciudadanos CARLOS VALENZUELA (df) e IRMA CORDOVA (df), domiciliado en la Avenida Pedro María Freites, Urbanización Dennis Balza, Nº 23, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión de uno de los delitos tipificado en la Ley Orgánica de Droga, en perjuicio de la Colectividad.; de conformidad con los Artículos 318 Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal; y SEGUNDO: Se ordena la DESTRUCCION de la droga incautada mediante e.....