Por los razonamientos anteriormente explanados este Tribunal de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, ORDENA la ubicación del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificado al inicio de la presente decisión, a través del Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, y el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegaciones Barcelona y Puerto la Cruz, quien una vez ubicado deberá ser trasladado hasta la sede de este Tribunal, a los fines de ser impuesto e iniciar el cumplimiento de la Medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de NUEVE (09) MESES, que le fue impuesta en sentencia de fecha 06 de Marzo del año 2007, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia, Sección de Adolescentes, en función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui; por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, tipificado en el articulo 415 del Código Pen.....