En virtud de las razones expuestas anteriormente este Juzgado Segundo de Primera Instancia de mediación y sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: EL ABANDONO DEL TRAMITE , en la presente demanda de demanda de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentada por la JOSE GREGORIO GONZALEZ ALFARO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-8.236.482, debidamente asistido en este acto por el Abogado en ejercicio RAFAEL CELESTINO BERRA REBOLLEDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 128.410, en donde se encuentra involucrado el niño, Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , en contra de la ESTHER HERRERA MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de i.....