DECISION:
Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del estado Anzoátegui , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en la demanda por COBRO DE BOLIVARES, por el procedimiento intimatorio, interpuesta por el NICOLAS DEL CARMEN REYES MARCAN0, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.954.128, de ocupación Comerciante, domiciliado en el Viñedo, Sector La Alcabala, casa sin número, de la ciudad de Barcelona, estado Anzoátegui, debidamente asistidos por los abogados NELSON A. SAAVEDRA HERNANDEZ y FIDENCIA BALLESTEROS RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4. 171. 712 y 5.683.294, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 179.917 y 133.931, respectivamente, co.....