En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoàtegui, Administrando Justicia en Nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la LIBERTAD PLENA del ciudadano ANDERSON JOSE GRANADILLO VENEGAS, procediendose a su identificación de la siguiente manera: venezolano, natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, donde nació en fecha 28 de Octubre de 1980, de 24 años de edad, portadora de la cédula de identidad V-17.822.026, de profesión u oficio obrero, de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos Luciano Granadillo (v) y Dilia Margarita Venega (v), domiciliado en la Calle Principal, casa N° 14, Barrio Campo Claro, Barcelona, Estado Anzoátegui. Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, a la Fiscalía Sexto Auxiliar del Ministerio Público, a los fines que emita el acto conclusivo correspondiente. Líbrese oficio al Tercer Pelotón, Destacamento N° 75 de la Guardia Nacional, Estado Anzoátegui, pa.....