Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD, a favor del imputado WILBER JOSE RAMIREZ NIEVES, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.710.001, natural de Barcelona, donde nació en fecha 08-04-77, de 30 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de los ciudadanos Juana Nieves Martines (v) y Ignacio José Ramírez (v)residenciado en: calle 3, vereda 17, casa N° 15, Boyacá Tercero, Estado Anzoátegui; por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el articulo 420 del Código Penal, en perjuicio de OSCAR EDUARDO PENZO ARIAS y LORWAN CORONADO, de conformidad con el articulo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Cúmplase.