Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos: MIRIAN COROMOTO LUNA Y GUSTAVO SOLE BRIZUELA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V-8.472.178 y V-3.852.539, respectivamente, y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha Veinticuatro (24) de Enero del año Mil Novecientos Ochenta y Seis (1.986), por ante el Registro Civil del Municipio Simon Rodríguez del Estado Anzoátegui,
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.-