Éste Juzgado declara procedente la ampliación de la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha 20 de mayo de 2.004, solicitada por la representación judicial de la parte actora, abogado en ejercicio SABINO ALMEIDA RAFAEL, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 96.426, mediante escrito de fecha 13 de julio de 2.004; y en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, procede a ampliar la precitada decisión en los siguientes términos:
Se condena a la parte demandada RAFAEL CELESTINO PORTILLO BAPTISTA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 8.300.357, a pagar a la parte actora CRUZ ELIAS CALMA, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 8.233.838, la Cantidad de Quince Millones de Bolivares (Bs. 15.000.000, oo), por concepto de capital prestado; más la cantidad que resulte de la la indexación de dicho monto, tal como fue solicitado por la parte actora en su escrito.....