en consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sede Barcelona, en uso de sus atribuciones legales, y en interés superior del niño (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) ordena librar oficio al Jefe del Departamento de Recursos Humanos de la empresa SUPERMERCADOS UNICASA, ubicada en la ciudad de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, con la finalidad de devolver el cheque N° 08984343, por el monto de Bs. 4.976.48, contra el Banco Provincial, agencia Campo Claro, Caracas, Distrito Capital, a nombre del extinto Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, el cual se encuentra vencido, y emitir nuevo cheque a nombre de la ciudadana YUDEICY MILENA VALLENILLA, titular de la cédula de identida.....