DISPOSITIVA
Este Tribunal de Juicio N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, actuando como Tribunal Mixto con Escabinos, por UNANIMIDAD, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, CONDENA AL ACUSADO ENMANUEL RAMOS CENIZA, de nacionalidad FILIPINA, natural de Cebú City, donde nació en fecha 01-01-1956, de 48 años de edad, Casado, de profesión, Marinero, Titular del Pasaporte N° EE-682869, hijo de los Ciudadanos; Albert Ramos y Pacita Ceniza Ramos residenciado en Bahía Camansi, Kabankalan Negros, Cebú City Filipinas, a cumplir la pena de DIEZ (10) años de prisión, por haber sido encontrado culpable de la comisión del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el articulo 34 de la LEY ORGANICA SOBRE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, EN PERJUICIO DE LA COLECTIVIDAD; tomando en consideración la atenuante consagrada en el ordinal 4° del artícu.....