Sobre la base de los argumentos expuestos, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción autónoma de amparo incoada por la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE), sociedad mercantil con domicilio principal en la ciudad de Caracas, inscrita ante el Registro Mercantil de la Primera Circunscripción Judicial bajo el N° 20, Tomo 33-A, en fecha 27 de octubre de 1958, en contra del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. En consecuencia y por cuanto debe prevenirse la continuidad de agravios a derechos y garantías constitucionales, con fundamento en el principio de la tutela judicial efectiva consagrado en el artículo 26 de la Constitución, ordena la suspensión definitiva de los efectos de la medida de secuestro decretada el 25 de noviembre de 2002 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercanti.....