En fuerza de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos Juan Bautista Bermúdez Romero, José Manuel Mejías Figueroa, Edgar José Guevara, José Celestino Guevara, Rubén Darío Rosales y Reinaldo Adolfo Rojas González contra la empresa Technical Oil Field Servicies, S. A. (TECHNOIL, S. A.). En consecuencia, de conformidad con e artículo 32 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se ordena a la accionada lo siguiente:
Primero: Reincorporar de inmediato a los accionantes ya señalados a los respectivos puestos de trabajo que desempeñaban al ser despedidos.
Segundo: Pagar de inmediato a dichos trabajadores los salarios caídos determinados por la Inspectoría del Trabajo en El Tigre y.....