El Tribunal admite y acuerda citar por medio de boletas a los ciudadanos JAIRO JOSE JIMENEZ y ADRIANA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.077.840 y V-14.476.555, respectivamente, domiciliados el primero en el Sector Santa Bárbara, Casa N° 15, Guanta, Estado Anzoátegui, y la segunda domiciliada en el Cerro La Picha, S/N, Guanta, Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezcan por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) de Despacho siguiente a sus citaciones, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a dar contestación a la referida solicitud. Se le advierte a las partes que en la misma oportunidad a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), será el Acto Conciliatorio. Asimismo acuerda practicar evaluaciones psicológicas y psiquiátricas, a los ciudadanos JAIRO JOSE JIMENEZ y ADRIANA RODRIGUEZ, e igualmente sendos Informes Sociales en los hogares de los ciudadanos.....