Por las razones que antecede, este Juzgado del Municipio Anaco de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente demanda interpuesta por la ciudadana OLIVEL DEL CARMEN AGRIZONE RONDON, por PENSION DE ALIMENTOS, en contra del ciudadano JESUS RAFAEL MARIN VILLARROEL, y se deja sin efectos la medida cautelar de fecha 05 de noviembre de 2003, dictada por este tribunal, y que fue comunicada a la empresa HWC, con oficio Nº 2003-1022, referente al embargo del (30%) o tercera parte del sueldo o salario que devenga el obligado y el 30% de las utilidades de fin de año, y se ratifica la medida de embargo sobre las 36 mensualidades por vencerse, de conformidad con el artículo 521 literal C de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del adolescente, las cuales mantienen su vigor pero tomando en cuenta la cantidad de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs.100.000,oo), monto .....