En consecuencia este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui-sede Barcelona, de todo lo antes expuesto por las partes acuerda; PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, la Solicitud de AUTORIZACION DE VIAJE Y CAMBIO DE RESIDENCIA TEMPORAL EN EL EXTERIOR, presentada por la ciudadana MINERVA JOSEFINA RONDON DE MILLAN, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad Nº: V-14.076.194, con Pasaporte Nº: 184829352, Visa Qatarina Nº: 362024129092, domiciliada en la Calle Principal de Volcadero, casa Nº: 35, Sector Volcadero de la ciudad de Guanta del Estado Anzoátegui, teléfono: 04125849875, correo electrónico: minervarondon71@gmail.com, asistida por las Abogadas en ejercicios NATHALY LEÓN y DORIS MONTEVERDE, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo los Nº: 98.218 y 98.220 res.....