Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD BAJO FIANZA, de las establecidas en el articulo 256, ordinales 3º, 4º y 8º del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos LUIS GABRIEL AGUILERA MEJIAS, quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad V-21.068.755, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 26/06/1990, de 21 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u Oficio Obrero, hijo de los LUIS MAUEL AGUILERA (DF) y YELITZA MEJIAS, residenciado en Calle Marisol, casa N°, Numero, de color azul con rejas de color blanco, Sector Barrio Colombia, Barcelona, Estado Anzoátegui y EMILIO ARTURO RODRIGUEZ POTURO, quien es Venezolano, titular de la cédula de identidad V-16.799.291, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 2.....