En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, actuando en sede constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la presente acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana Nexis del Carmen Curpa, asistida en este acto por la Abogada Keyla Contreras, Procuradora Especial de Trabajadores, contra la Dirección de Educación de la Gobernación del Estado Anzoátegui, por el incumplimiento de la Providencia Administrativa 00716-2009, de fecha 26 de octubre de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Barcelona Estado Anzoátegui.
SEGUNDO: Se ordena a la accionada, Dirección de Educación de la Gobernación del estado Anzoátegui, el cumplimiento de la Providencia Administrativa Nº 00716-2009, de fecha 26 de octubre de 2009, dictada por la Inspectoría del Trabajo de Ba.....