DISPOSITIVA
El Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, presentada por la parte Fiscal, en la causa incoada en contra de KELVIN CESAR MANAGUA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V.14.476.309, natural de Aragua de Barcelona, donde nació en fecha 21/05/1978, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de profesión Obrero, hijo de ELBA MANIGUA y de padres desconocido, residenciado en Los Vídriales Sector Oeste, Calle 5, Nº 152, Barcelona, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con el artículo 318, ordinal 4° de la mencionada Ley Adjetiva Penal.-