Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control, Audiencia y Medidas, del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICTUD DE PRUEBA ANTICIPADA, efectuada por la Fiscalía Décimo Sexta del ministerio Publico, consistente en la declaración de la victima M.d.V.C.A, cuya identidad se omite conforme a lo dispuesto en el articulo 65 de la Ley Orgánica De Protección al Niño, Niña y Adolescente la cual se llevara a cabo a través de audiencia oral, en la cual estará presente la psicóloga ISAURA ROJAS, y las partes a excepción del imputado quien estará en sala contigua teniendo acceso a los manifestado por la victima a través de videoconferencia y de lo cual se realizara registro a los fines de su incorporación en un eventual juicio oral y reservado, audiencia que se fija para el día M.....