DECISION:
Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara que en la demanda por PAGO DE LO INDEBIDO, interpuesta por la ciudadana ALEIDA BARRIOS DE GALINDO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 4.007.073, domiciliada en la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar, del estado Anzoátegui, debidamente asistida por los abogados FRANCISCO RIGUAL MOYA, JOSE BALLESTEROS y NELSON SAAVEDRA, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los Nros. 15.282, 88.269 y 179. 917, respectivamente, contra la ciudadana JOSGLED EVELYN HERNANDEZ RONDON, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, de profesión odontólogo, titular de la cédula de identidad Nro. 14.044.146, ha operado la Perención de la Instancia, conforme a lo .....