En razón de los hechos anteriormente expuestos y ante la expresa manifestación de extinguir el vínculo matrimonial por parte de los ciudadanos MAIREN COROMOTO MUJICA ORAMAS y JESUS ANTONIO QUINTERO, supra identificados según se evidencia en su escrito de solicitud, y una vez citada la Fiscal Décima del Ministerio Público, dando esta su opinión favorable posteriormente y visto que se han cumplido todos los requisitos y extremos de la ley, es por lo que este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y con base a lo previsto en el artículo 185 del Código Civil venezolano vigente, DECLARA CON LUGAR, la Solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos MAIREN COROMOTO MUJICA ORAMAS y JESUS ANTONIO QUINTERO, ambos supra identifi.....