Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Control N° 01 Sección de Adolescente de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA ,seguida al joven - hoy adulto- LEONARDO JOSE GUARAPANA GUAICARA, quien es venezolano, natural de PIRITU , Estado ANZOATEGUI, donde nació en fecha 10 DE SEPTIEMNRE DE 1.986, de 18 años de edad, titular de la Cedula de identidad N° 19.168.580, hijo de los ciudadanos ALCIRA GUIACARA y padre fallecido (Df) , domiciliado en Calle la Torta, casa sin numero, Barrio la Planta al lado de la licorería la Planta, Puerto Píritu , Municipio Peñalver del estado Anzoàtegui y al joven - hoy adulto-PEDRO JOSE RODRIGUEZ CHIRAMO, venezolano, natural de Puerto Píritu del estado Anzoàtegui, donde nación en fecha 16 de junio de 1.983, de 21 años de edad, INDOCUMENTADO, soltero, hijo de Raquel Rodríguez y Pedro .....