se observa que la parte actora estimó su demanda en la cantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs. 2.825.000,oo) y por cuanto este Tribunal solo conoce de demandas cuya cuantía supere los CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,oo), es por lo que este Tribunal se DECLARA INCOMPETENTE en razón de la cuantía para conocer de la presente causa y DECLINA la competencia en el Juzgado Distribuidor del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, por ser ese Tribunal competente, en cuanto a la materia, territorio y cuantía para conocer de la presente causa. Remítase el expediente al Tribunal competente. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.