Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por la materia para conocer del presente Recurso de Apelación interpuesto en la demanda incoada por la Abogada Carmen Rosa Guevara Ochoa, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 65.575, actuando con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana Carolina Thais Asbati Barrios, titular de la cédula de identidad V- 12.953.178, contra el ciudadano Luís Alexander Salazar, titular de la cédula de identidad V- 11.902.227, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 60 y 28 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se ordena remitir el presente expediente Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de esta Circunscripción Judicial.- Y así se decide.-