En consecuencia, esta Sala de Juicio N° 02, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en consideración de que la solicitante es la madre de la adolescente ya citada, en uso de sus Atribuciones Legales conferidas en la Ley y en Interés Superior de la adolescente VIRGINIA DEL VALLE FERMIN GARCIA, venezolana, de Doce (12) años de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 25.062.271, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, y tomando en consideración el Interés Superior del Niño y del Adolescente, contenido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual es un principio de Interpretación y aplicación de la Ley, de Obligatorio Cumplimiento en la toma de todas las decisiones concernientes a los Niños y Adolescentes, en concordancia con el artículo 22 Ejusdem, referente al Derecho a documentos público de identidad y ese derecho comprende el.....