esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo citado 472 de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el PROCEDIMIENTO de Ejecución de Obligación de Manutención propuesto por la ciudadana ANA TERESA GARCIA BRAZON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.931.151, domiciliada en la Calle 5 de Julio, Casa Nº 25, Colinas de Valle Verde, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, debidamente asistida por los Abogados en ejercicio JAIME CHUCHUCA y MARCELO CARREÑO, inscritos en los Inpreabogados bajo los Nros. 98.166 y 109.118, respectivamente, en contra del ciudadano CARLOS ROBERTO GALINDO RONDON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.827.562, quien puede ser localizado en su lugar de trabajo, u.....