Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los imputados CESAR ANDRES YAGUARACUTO MENDEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.051.797, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 07-06-1981, de 24 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Antonio Yaguaracuto (v) y Ligia Méndez (v), residenciado en la Calle El Estero, casa S/N, Barrio Corea cerca de la Avenida Cumanagoto, Barcelona, Estado Anzoátegui y ALEXANDER NAZARETH MONGE MEJIAS, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 25.036.833, natural de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, donde nació en fecha 07-10-1986, de 22 años de edad, de estado civil Soltera, de profesión u oficio Obrero, h.....