Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD del imputado JOSE RAFAEL PEROZO RUIZ, titular de la Cédula de Identidad N° 11.521.927, natural de Valencia, Estado Carabobo, donde nació en fecha 29/03/69, de 38 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Comerciante, hijo de los ciudadanos: José Perozo y Carmen de Perozo, residenciado en Sector Cerro Blanco, Vía Caigua, Casa N° 45 Av. Principal, Cerca del Negocio Robles, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA”, previsto y sancionado en el Articulo, 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de las ciudadanas ORALIA DEL VALLE ROJAS GUAREPE, CLARIBEL GUAREPE y la lactante PATRICIA ALCANTARA, de conformidad con el artículo 256, Ordinales 3° del.....