Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente demanda de ACCION MERO DECLARATIVA propuesta por LEONCIO NICOLAS GOMEZ e YLDEALFONSO JOSE COA VEASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad 5.196.156 y 12.575.355, respectivamente, asistidos por el abogado RUBEN HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 23.072, en contra del Ciudadano GIORGIO BITTOLO BON, Italiano , mayor de edad, pasaporte Italiano Nº Y034981.-
No hay condenatoria en Costas, por la naturaleza especial del fallo.