Por las razones antes expuesta este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Sin Lugar la presente pretensión por Simulación presentada por ciudadanos Pedro Eloy Tineo, Arminda Salgado de Tineo, Omar Calderón Marciani y Miriam Moretti de Calderón, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 2.633.577, 2.640.604, 2.886.881 y 3.701.270, respectivamente, contra las sociedades mercantiles Constructora Raytin, C.A y Requipos, C.A., y los ciudadanos Raymond Girod Marín y Enrique Girod Flores, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 2.989.190 y 8.873.974, respectivamente, en sus propios nombre y en sus carácter de representantes legales de las empresas antes mencionadas, así se decide.-
En consecuencia de la anterior declarato.....