Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCION a los ciudadanos WILMER JOSÈ ARREAZA GUAREGUA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 20.087.680, soltero, Estudiante, nacido en fecha 17-04-1986, de 19 años de edad, hijo de los ciudadanos: PEDRO ARREAZA (V) Y JOSEFINA GUAREGUA (V), residenciado en la calle San Miguel, El Hatillo, municipio Peñalver, Estado Anzoátegui; quien seguidamente expuso: “Me acojo al Precepto Constitucional”. Es Todo. Se ordena retirar de la sala al imputado y se ordena ingresar al ciudadano LUIS RAFAEL SANCHEZ CASTELLANO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 18.300.376, soltero, obrero, nacido en fecha 27-10-1985, de 20 años de edad, hijo de los ciudadanos: ANDRÉS SÁNCHEZ (V) y YONIRA SÁNCHEZ (V), residenciado en San J.....