Por todas las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la presente demanda por Partición de Comunidad Concubinaria, presentada por el ciudadano Antonio Rafael Castro, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro.9.295.926, , en contra de la ciudadana Carmen Beatriz Maitan Canaguacan, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro, 8.342.334, de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Código de Procedimiento Civil y así se decide.-